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[Solucionado] Tango Gestión 9.8 - Ingreso Retención Ingresos Brutos SiFeRe

22/3/2012 08:50PM
Buenas noches.
Nuevamente acudo al gran conocimienot de ustdes en este soft.
Por favor, la situación es:

- emito factura de venta por un servicio.
- tiempo después me pagan
- al pagar emiten comprobante de retención por Ingresos Brutos
- ¿cómo lo ingreso en el Tango IVA Convenio, para que al generar archivo RESIFERE.TXT, Retenciones SiFeRe lo muestre?

No le encuentro la vuelta.

Muchas gracias de antemano.

Saludos.

Luis
Esta pregunta está cerrada. Si quieres puedes: Abrir otra Pregunta
27/3/2012 10:12PM
Luis:

Te comento las indicaciones sobre el particular:

1. Cargar la Factura normalmente.
2. Comenzar a cargar en la misma pantalla de Ingreso de Comprobantes la Retención de IB (en la Ejemplo es el tipo de comprobante RBV). Luego de ingresar el Cliente, presionar F9 y referenciar la Factura correspondiente al punto 1. Ojo que no completa automáticamente con ceros, hay que colocarlos.
3. Al llegar al Detalle de importes, presionar F3 y seleccionar RIBVT.
4. Completar los importes, y el comprobante aparece en RESICORE.TXT

Respecto de tu consulta sobre las diferentes fechas, y de acuerdo a mi interpretación (o sea, puedo pifiarle soberanamente):
La percepción de IVA se declara en función de la RG 2408
Art. 7º - El monto de las percepciones que se les hubiera practicado, tendrá para los responsables el carácter de impuesto ingresado y será computable en la declaración jurada del período fiscal en que se efectuaron.

Esto difiere de la anterior RG3777 en donde decía que iba unida al Crédito Fiscal:
Art. 9º - El monto de las percepciones que se les hubiera practicado tendrá para los responsables el carácter de impuesto ingresado, correspondiendo ser computado en la declaración jurada del periodo fiscal al cual resulten imputables los créditos fiscales generados por la operación que diera origen a la percepción.

O sea, va unida a la Fecha de la Factura, no a su vencimiento.

Respecto de SIFERE, no hay mención alguna a vencimientos, que recuerde.

Y luego está la discusión de si los Servicios Públicos contemplan a las empresas licenciatarias, que son Entidades Comerciales explotadoras de un Servicio, con lo cual el IVA pasaría a ser como cualquier otra empresa de Servicios.

Saludos!
Tangos 4291
SOLUCIÓN
23/3/2012 09:21AM
Lo referente a IB se ingresa desde el menú Comprobantes \ Ingreso de Comprobantes para I.B.
Los tipos de comprobantes se dan de alta por única vez en el menú Archivos \ Ingresos Brutos \ Tipos de Comprobantes para I.B.
Fijate en la Empresa Ejemplo.
Saludos!
Tangos 4291
ASISTIÓ A LA SOLUCIÓN
23/3/2012 10:05AM
Tangos escribió:Lo referente a IB se ingresa desde el menú Comprobantes \ Ingreso de Comprobantes para I.B.
Los tipos de comprobantes se dan de alta por única vez en el menú Archivos \ Ingresos Brutos \ Tipos de Comprobantes para I.B.
Fijate en la Empresa Ejemplo.
Saludos!


Tangos, buen día!!!

Anoche, antes de escribir en el foro, realicé lo que me indicaste.
Si pido el Informe de Convenio (CM03), aparece la Retención que me efectuaron (formulario RTV).
No aparece en el archivo DGI para SiFeRe (RESIFERE.TXT), y por supuesto tampoco en el de percepciones (donde no debe aparecer).

Abrazo

Luis
23/3/2012 06:34PM
Luis:
Expuse el tema en Axoft. No logro que me entiendan el problema, y no te comento las pruebas realizadas porque no tienen sentido práctico.
Para mí es un BUG. Estimo que lo confirman el Lunes. Si fuera así, se debe esperar el correspondiente HotFix. El último publicado (HotFix_9_80_000_6323) no soluciona el tema.
En cuanto tenga novedades te aviso.

Saludos!
Tangos 4291
ASISTIÓ A LA SOLUCIÓN
23/3/2012 07:45PM
Tangos escribió:Luis:
Expuse el tema en Axoft. No logro que me entiendan el problema, y no te comento las pruebas realizadas porque no tienen sentido práctico.
Para mí es un BUG. Estimo que lo confirman el Lunes. Si fuera así, se debe esperar el correspondiente HotFix. El último publicado (HotFix_9_80_000_6323) no soluciona el tema.
En cuanto tenga novedades te aviso.

Saludos!


Muchas gracias por ocuparte del tema.
Haré la declaración que vence hoy con las retenciones en forma manual, y quedo entonces a la espera de tu respuesta.
La semana pasada fui a retirar la versión 9.90 pero me sugirieron esperar la próxima semana para tener la 9.90.001.

Por si te sirve, otro detalle que encontré, fue sobre las percepciones.
Caso, factura de compra con percepciones, por ejemplo emitida 15/01/12, vto. 10/02/12.
Ingreso el documento con ambas fechas, y cuando pido el listado de percepciones efectuadas en febrero, no me aparece esa factura. Hasta donde conozco, la fecha de la imposición es la del vencimiento, y no la de emisión, tal como actúa el IVA.
Debí modificar la fecha de emisión para poder tomar las percepciones.

Nuevamente gracias y muy buen fin de semana.

Un abrazo

Luis
29/3/2012 09:19PM
Tangos escribió:Luis:

Te comento las indicaciones sobre el particular:

1. Cargar la Factura normalmente.
2. Comenzar a cargar en la misma pantalla de Ingreso de Comprobantes la Retención de IB (en la Ejemplo es el tipo de comprobante RBV). Luego de ingresar el Cliente, presionar F9 y referenciar la Factura correspondiente al punto 1. Ojo que no completa automáticamente con ceros, hay que colocarlos.
3. Al llegar al Detalle de importes, presionar F3 y seleccionar RIBVT.
4. Completar los importes, y el comprobante aparece en RESICORE.TXT

Respecto de tu consulta sobre las diferentes fechas, y de acuerdo a mi interpretación (o sea, puedo pifiarle soberanamente):
La percepción de IVA se declara en función de la RG 2408
Art. 7º - El monto de las percepciones que se les hubiera practicado, tendrá para los responsables el carácter de impuesto ingresado y será computable en la declaración jurada del período fiscal en que se efectuaron.

Esto difiere de la anterior RG3777 en donde decía que iba unida al Crédito Fiscal:
Art. 9º - El monto de las percepciones que se les hubiera practicado tendrá para los responsables el carácter de impuesto ingresado, correspondiendo ser computado en la declaración jurada del periodo fiscal al cual resulten imputables los créditos fiscales generados por la operación que diera origen a la percepción.

O sea, va unida a la Fecha de la Factura, no a su vencimiento.

Respecto de SIFERE, no hay mención alguna a vencimientos, que recuerde.

Y luego está la discusión de si los Servicios Públicos contemplan a las empresas licenciatarias, que son Entidades Comerciales explotadoras de un Servicio, con lo cual el IVA pasaría a ser como cualquier otra empresa de Servicios.

Saludos!


Tangos, buenas noches!!!

Muchas gracias por tu acertada respuesta (como de costumbre). Perdón por la demora en contestarte. Recién ahora puedo sentarme a probar...

Archivo SiFeRe, OK, funciona!!
Lo único que el tema fechas opera como te había relatado. Es decir, la factura fechada 20/02/12, que me pagaron 02/02/12, con una Retenciónde IB fechada 02/02/12, me aparece en el SIFERE, dentro de enero.
Trataré de averiguar con un Contador, cómo juega lo que me describiste con las resoluciones.

Para no dejar abierto el tema, ya que lo central lo solucionaste, lo cerraré calificándolo, y AGRADECIENDO al GENIO, como de costumbre.
Si me entero de algo genero nuevo tema y te lo paso.
Que estés bien.
Un abrazo

Luis
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